- STJUE de 9 de noviembre de 2016, Asunto C-448/14: Davitas GmbH -
por Luis GONZÁLEZ VAQUÉ
Ex consejero de la Dirección General de Mercado Interior de la Comisión Europea
Resumen
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que el artículo 1,
apartado 2, letra c), del Reglamento (CE) n.º 258/97 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, sobre nuevos alimentos y
nuevos ingredientes, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.º
596/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009,
debe interpretarse en el sentido de que la expresión «estructura
molecular primaria nueva» se refiere a los alimentos o a los ingredientes
alimentarios que no han sido objeto de consumo humano en el territorio
de la Unión Europea antes del 15 de mayo de 1997.Palabras clave: Nuevos alimentos y nuevos ingredientes- Reglamento (CE) n.º 258/97-
Concepto de «estructura molecular primaria nueva»
Consultar: https://works.bepress.com/luis_gonzalez_vaque/226/
o
https://app.box.com/s/we28kyl1p9p27ds0lol03p6lhozdn0eb
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